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SCJN avala que Profeco sancione abusos y cobros indebidos en escuelas privadas

La Suprema Corte confirmó que las colegiaturas constituyen una relación de consumo, por lo que los planteles particulares podrán ser sancionados por cobros excesivos, publicidad engañosa e incumplimientos de contrato.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) cuenta con plenas facultades para recibir quejas, investigar y sancionar a escuelas privadas que incurran en prácticas abusivas contra estudiantes, madres, padres de familia y tutores.

Con esta resolución, el máximo tribunal determinó que el pago de colegiaturas constituye una relación de consumo, por lo que los planteles particulares están sujetos a la Ley Federal de Protección al Consumidor y deben cumplir con las obligaciones que establece dicha legislación.

Entre las conductas que podrán ser sancionadas por la Profeco se encuentran los cobros indebidos o no informados previamente, el incumplimiento de contratos, la publicidad engañosa y el condicionamiento de la entrega de certificados, documentos oficiales o trámites de titulación al pago de cuotas adicionales.

La decisión de la Corte pone fin a un litigio que se prolongó durante casi una década, originado por la impugnación de una escuela privada contra una multa impuesta por la Profeco tras negarse a asistir a una audiencia de conciliación. Con este fallo, las instituciones educativas ya no podrán argumentar que la Procuraduría carece de facultades para intervenir en conflictos con los consumidores.

La Profeco recordó que desde 1992 tiene atribuciones para supervisar que las escuelas particulares informen de manera clara sus costos, tarifas y condiciones de contratación; sin embargo, esta resolución representa el primer pronunciamiento expreso de la SCJN que confirma dichas facultades.

Además, la dependencia destacó que el convenio firmado con la Secretaría de Educación Pública permitirá fortalecer el intercambio de información sobre posibles irregularidades administrativas detectadas en escuelas privadas.

Con este criterio, la SCJN refuerza la protección de los derechos de las familias usuarias de servicios educativos privados y fortalece la capacidad de la Profeco para actuar frente a cobros excesivos, cláusulas abusivas y otras prácticas que afecten a los consumidores.

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